12 Jan
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Muchos Profesionales optan por permanecer o bajar de categoría en la CJPPU, a veces porque los aporte resultan muy altos en relación a los ingresos y otras veces porque se prefiere invertir ese dinero en otro lado.

A partir de la segunda categoría se puede optar por permanecer en la misma, o en caso de estar en una mayor, descender hasta la segunda, siempre por los períodos de tres años citados y sin derecho a reclamar devolución de aportes.

El plazo para efectuar esta opción es dentro los 90 días anteriores a la fecha en que se produce el cambio de categoría.

Para realizar esta gestión, los afiliados deben dirigirse al Departamento de Atención a Afiliados (Andes 1521). También pueden consultar llamando al 2902 8941 Int. 252 y 253, o mediante el correo electrónico: afiliados@cjppu.org.uy

Cabe señalar que luego de obtener la permanencia o descenso de categoría, la misma no se podrá revertir hasta pasado un nuevo período de tres años.

Fuente: http://www.cjppu.org.uy/novedad.php?id=82

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