26 Dec
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Quienes tuvieron en 2022 exclusivamente ingresos por la prestación de servicios personales en forma independiente que  NO superen los $154.920 (sin IVA), dejarán de recibir el beneficio del Seguro Nacional de Salud a partir del 2023.

Aspectos a tener en cuenta:

Plazo 

Para comunicar perdida de beneficio a BPS hay plazo hasta: 10 de enero 2023

Se considera que el titular de Servicios Personales tiene actividad exclusiva cuando no es beneficiario del SNS por otra actividad o pasividad en el mes de diciembre

 Ingresos 

Corresponde considerar el total de los montos facturados por la prestación de servicios personales sin IVA del año 2022. Quienes hayan percibido subsidio por inactividad compensada deberán considerar los importes nominales

Modificación del Seguro de Salud 

Los contribuyentes que se encuentren en la situación señalada deberán modificar el código de seguro de salud, antes del 10 de enero de 2023. 

A partir del mes de cargo enero de 2023 el trabajador y su familia dejarán de ser beneficiarios del Seguro Nacional de Salud. 

Los hijos menores de edad o mayores con discapacidad a cargo mantendrán el amparo de la cobertura de salud por un período de 12 meses, siempre que el trabajador haya sido beneficiario por un mínimo de 12 meses en los 24 meses anteriores a la pérdida del beneficio

Códigos de Salud a ingresar: 

Profesionales con vínculo funcional (VF) 88 u 89: SS 9.

No profesionales 

VF 92 en aportación Servicios Personales (TA 11): SS 9

VF 1 en aportación de Industria y Comercio (TA 1): SS 42 (solo aplicable a las

Medios disponibles para modificar:

Registro de afiliaciones - GAFI / Modificar el seguro de salud de un trabajador.

Recuperación del beneficio 

Si durante el año 2023 se superan las 30 BPC de ingresos se recupera nuevamente el beneficio, y deberán efectuarse los aportes sobre  la facturación acumulada.

 Esta obligación será exigible con el vencimiento del mes de cargo en el cual se alcanzó el importe mínimo.


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